¿QUÉ HACER ANTE UN DECESO?

Generalmente el deceso de un ser querido es un evento impactante e imprevisto que afecta directamente la parte emocional de toda la familia que es la que toma las decisiones.

Por esta razón es conveniente que se sepa con anticipación cómo reaccionar cuando desafortunadamente se enfrente a ese momento para que sea capaz de tranquilizar a la familia y tomar decisiones acertadas y no precipitadas para iniciar con el funeral de su ser querido.

A continuación le ofrecemos una guía práctica con la información más relevante que debe considerar para comenzar con el preparativo del funeral de su ser querido.

1. Me han informado que ha ocurrido el deceso

El primer paso es llamar inmediatamente a la línea de atención de emergencias funerarias de Velatorios Funeza (68.13.50.10 las 24hrs), o si lo prefiere, acudir directamente a la agencia Velatorios Funeza más cercana a su domicilio o ubicación.

Una vez que nos contacte la persona que tome la llamada o le atienda le dará una explicación general de los pasos a seguir y se enviará la carroza junto con un asesor al lugar donde se encuentra su familiar para comenzar a hacernos cargo de los trámites necesarios y el traslado a la agencia funeraria.

Es importante que cuando nos contacte le informe al asesor de servicios si cuenta con póliza de servicios funerarios PREVISIÓN FUNEZA o si pertenece a alguna organización con convenio (Policía Auxiliar, SAT, etc) esto con la intención de iniciar con los trámites internos administrativos correspondientes y tener listo todo a su llegada a la agencia funeraria.

2.1 El deceso ocurrió en un hospital o clínica partícula o de gobierno

El médico tratante o de guardia es responsable de expedir el “Certificado de defunción” de manera gratuita. Le solicitará la siguiente información para elaborar el documento:

Nombre completo nombre(s),
apellido paterno,
apellido materno
Fecha de nacimiento (día, mes y año)
Edad cumplida
Nacionalidad
Estado civil
Ocupación
Escolaridad
Nombre del padre, madre y cónyuge
Si es derechohabiente de alguna institución

Es muy importante que verifique que los datos escritos en el certificado sean correctos y que este documento no presente errores o tachaduras ya que puede ocasionar contratiempos ante las dependencias de gobierno en caso de no ser llenado correctamente.

El certificado de defunción entregado por el médico, es necesario para efectuar todos los trámites ante dependencias de gobierno. Los trámites serán realizados por la agencia funeraria con su autorización, por lo que le solicitaremos que nos firme un juego de cartas poder para poder hacer los trámites en su representación.

2.2 El deceso ocurrió en un domicilio particular por causas naturales (enfermedad)

Cuando el deceso ocurre en un domicilio particular por causas naturales (enfermedad), el responsable de expedir el certificado de defunción será el médico que atendía al familiar fallecido. Al momento del deceso es importante que la familia se comunique con el médico para que proporcione el certificado de defunción.

2.3 El deceso ocurrió a consecuencia de un acto violento o causas indeterminadas (accidente)

Cuando el deceso ocurre como resultado de un acto violento o derivado de un accidente el Agente del Ministerio Público ordenará el traslado de la persona fallecida al Servicio Médico Forense (SEMEFO) para realizar las investigaciones necesarias para determinar la causa del fallecimiento y deslindar responsabilidades. En este caso un familiar directo deberá presentarse en dicho lugar para reconocer a la persona fallecida y proporcionar los datos generales de la misma.

El familiar deberá llevar consigo copias de los siguientes documentos:

Identificación con fotografía de él y del fallecido(a)

Copia de acta de nacimiento de la persona fallecida

O copia de acta de matrimonio en su caso.

El Delegado del Ministerio Público entregará al familiar la orden de inhumación la cual deberá entregar al personal de la agencia funeraria para iniciar las gestiones del traslado de la persona del anfiteatro a la agencia funeraria

3. Ya tengo el certificado de defunción, ¿qué trámites debo realizar con la agencia funeraria?

En el lapso de tiempo en que se hace el traslado de la persona fallecida a las instalaciones de la funeraria es necesario que un familiar, de preferencia directo, acuda a la agencia funeraria para dar instrucciones sobre los arreglos del funeral (Decidir si será Inhumado, Cremado, si será velado en las capillas de la agencia funeraria o trasladado a otro lugar para la velación, seleccionar el ataúd, etc…)

La familia deberá proporcionar un cambio completo de ropa con al cual desean que se vista la persona fallecida.

Si el servicio es para inhumación, se deberá presentar el título de propiedad del panteón donde se desea sepultar a la persona fallecida.

En caso de requerir el servicio de cremación se le informará de las opciones en los hornos crematorios. Es necesario considerar que por ley existen ciertas limitantes para llevar a cabo la cremación en caso de que el fallecimiento haya sido por causas violentas o indeterminadas (Caso legal)

Se le informará la hora en que quedará instalada la persona fallecida en la sala de velación para que se haga del conocimiento de familiares y amistades, se le asesorará sobre los horarios para programar la misa de cuerpo presente o servicio religioso si así lo desea la familia, así como el horario de salida del cortejo.

4. ¿Cómo y dónde tramito el acta de defunción y copias certificadas?

El certificado de defunción expedido por el médico, es utilizado para realizar los trámites necesarios ante las dependencias gubernamentales (Registro civil, Salubridad, etc). Al final del servicio le haremos entrega de una copia simple sin validez oficial del “Acta de defunción”, misma que le servirá para tramitar las copias certificadas que requiera del acta de defunción.

Dicho trámite puede realizarlo acudiendo al Juzgado dónde se levantó el acta de fallecimiento (este dato lo proporciona la funeraria que dio el servicio).

CREMACIÓN

¿Qué es la cremación?

La cremación es la práctica de deshacer un cuerpo humano, quemándolo, lo que frecuentemente tiene lugar en un sitio denominado crematorio.

¿Dónde se realiza el proceso de cremación y cuánto dura?

VELATORIOS FUNEZA comprometido con las familias utiliza en sus instalaciones Hornos crematorios de última generación tecnológica en cuanto a normas Nacionales e Internacionales en Medio Ambiente.

El tiempo de cremación dura aproximadamente 2 horas. Es un proceso completamente limpio, controlado y monitoreado por sistemas computarizados del horno.

¿A qué temperatura se realiza el proceso de cremación?

Un horno de cremación es un horno industrial capaz de alcanzar altas temperaturas (de aproximadamente 870 a 980 °C), con modificaciones especiales para asegurar la eficiente desintegración del finado.

¿Qué es y cuanto pesa la ceniza o los restos de cremación?

Todo lo que queda después de la cremación concluye son fragmentos secos de hueso que serán pulverizados (en su mayor parte fosfatos de calcio y minerales secundarios). Estos representan aproximadamente el 3,5 % del peso del cuerpo original total (2,5% en niños, aunque hay variaciones debidas a la consistencia del finado). Debido a que el tamaño de los fragmentos de hueso secos están estrechamente conectados a la masa esquelética, su tamaño varía de persona a persona.

La ceniza y la urna

La ceniza obtenida de la cremación 1.2KG. Deberán ser depositados en una urna que pudiera ser de diferentes diseños materiales y formas teniendo estas, una capacidad de 800gr. a 1.2 kg. La familia siempre tendrá el derecho de obtener una o más urnas puesto la ceniza siempre será mayor a la capacidad de la urna.

¿Qué pasa con la joyería e implantes biofísicos humanos (protesis)?

VELATORIOS FUNEZA busca fomentar y promover la cultura de la cremación por sus beneficios tanto económicos como prácticos sin dejar de considerar el del gobierno mexicano en particular al GDF; ya que de continuar la ocupación de las fosas de los panteones civiles no tardarían en generar un grave problema como es la saturación total, ante la falta de espacios dado que menos del 8 por ciento de fosas disponibles se acabarían en cuestión de 4 o 5 años como máximo.
Tomando en cuenta el decremento de fosas disponibles nos hace pensar que es urgente tomar medidas preventivas con la finalidad de ofrecer al público la alternativa más viable a este problema que es la CREMACIÓN.
“Proporcionar a las familias que sufren la pérdida de un ser querido soluciones accesibles, integrales, de calidad y con un profundo sentido humano, con el compromiso de garantizar: seguridad, confianza, tranquilidad, respaldo, calidad, calidez y dignidad, a través de soluciones integrales y accesibles” VELATORIOS FUNEZA

EMBALSAMADO

Servicio de embalsamamiento: El embalsamamiento es el tratamiento químico que se efectúa al cuerpo para reducir la presencia y reproducción de microorganismos, tiene como objetivo retrasar el proceso de descomposición orgánica natural y de restaurar la apariencia física de la persona fallecida. En términos prácticos durante el embalsamamiento se sustituyen los fluidos del cuerpo por compuestos químicos que retrasan el proceso de descomposición natural. La inyección de estos compuestos químicos se hace a través de las principales arterias.

Este procedimiento se realiza dentro de nuestras instalaciones por técnicos certificados.

Es necesario embalsamar en los siguientes escenarios:

  • Cuando han transcurrido más de 48 horas del deceso.
  • Si se realizara un traslado a más de 300 km.
  • Cuando se realice el traslado vía aérea.
¿Qué es el embalsamado?

Es la medida preventiva para la descomposición natural del ser humano después del fallecimiento. El procedimiento se realiza en un tiempo máximo de 2 hrs.
BENEFICIO PRINCIPAL
Reduce el peligro de contagio de infecciones humanas cuando se realice el proceso de velación.

¿Es necesario el embalsamamiento?

Esto depende de las causas de la defunción, existen algunas enfermedades que aceleran el proceso de descomposición y lo recomendable en estos casos es embalsamar para poder velar con mayor tranquilidad al occiso. Es importante recalcar que si se desea trasladar un cadáver al interior de la república y se exceden los 280 kilómetros se debe embalsamar por Ley y debe estar respaldado por una Tesis de Embalsamamiento.

El no embalsamado

Puede considerarse a su familiar como medios o portadores de las enfermedades transmisibles, desde el momento que contenga una bacteria, un parásito o un virus, por lo tanto algunos son contagiosos, se puede prevenir o evitar el contagio tomando las medidas adecuadas tal como realizar un procedimiento de embalsamamiento.

Objetivos

1- La preservación del finado desde el punto de vista psicológico.
2- La presentación y conservación de personalidad para la buena observación del mismo por parte de familiares y/o amistades.

¿QUÉ FÓRMULA SE UTILIZA?

Fluidos preservativos que reducen y matan la flora bacteriana por lo que disminuyen los factores que contribuyen a la descomposición. FORMOL 30%, FENOL, 30%, GLICERINA 5%, ALCOHOL 10%, GREMICIDA 15%, AGUA 30%

¿Quién lo realiza y qué instrumentos usa el técnico embalsamador?

Un técnico embalsamador titulado por alguna escuela de nivel superior reconocida por la S.E.P.

Utiliza el instrumental básico para la cirugía. Que consta de: tijeras de mayo rectas y curvas, pinzas hemostáticas, pinzas de disección con o sin dientes de diferente medida, separadores de farabeuf, separadores y ganchos porta agujas. Y EN CASO DE RECONSTRUCCIONES agujas para sutura de diferente tamaño y medida que se utilizará dependiendo del sitio de sutura.

¿Qué es el arreglo estético facial?

Es el volver a realizar el aseo general de cara y cabello, para lo cual se utilizara un antiséptico y agua. Se considera complemento del embalsamado, sin embargo, el aplicar sólo el arreglo estético no garantiza la descomposición natural, así como la legislación de la S.S.A.

¿Qué es la tesis de embalsamamiento o certificado de conservación?

Documento que expide y avala el técnico embalsamador por conducto de la funeraria, el cual deberá presentarse ante la S.S.A. local para que esta dependencia realice una supervisión legal aplicable para uno ambos casos siguientes:

1. Cuando por certificado médico el fallecimiento del finado conste que excede 48 hrs. de su deceso hasta su inhumación o cremación.

2. Cuando por deseo de la familia se lleve a cabo un traslado terrestre o aéreo que exceda los 300 km tomando de referencia el zócalo de la ciudad de México

Marco legal SSA

Artículos 313-Fracc. II; 314-Fracc. II-V-VI y IX; 319, 346, 348 Párrafo II; 349 y 350 de la Ley General de Salud.

Artículos 71 Frac. II; 72; 100 Frac. V; 105, 106 Frac. I-II y III; 107 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de la Disposición Sanitaria de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos.

PREGUNTAS FRECUENTES

Cuando ocurre un fallecimiento ¿quién tiene la obligación de entregar el Certificado de Defunción?

El Certificado de Defunción debe ser expedido únicamente por el médico que estuvo atendiendo a la persona que falleció, pues él tiene un historial clínico y conoce la evolución de la enfermedad primaria como las causas que provocaron la defunción.

Cuando el fallecimiento se debe a causas violentas (homicidio, suicidio, accidente) ¿quién debe entregar el Certificado de Defunción?

Si el fallecimiento fue debido a un acto violento interviene el Ministerio Publico quien inicia la Averiguación Previa y traslada a la persona que falleció a la Agencia del Ministerio Publico correspondiente en donde toma su declaración a los familiares, después de esto se traslada al Servicio Médico Forense para que se le practique la Necropsia de Ley y el Médico Legista extienda el Certificado de Defunción.

Cuando una persona fallece en la calle aunque no sea por causas violentas ¿interviene el Ministerio Público?

Si, cualquier persona que fallezca en la vía pública debe ser turnada al Ministerio Público para deslindar responsabilidades y determinar las causas de la defunción.

Si una persona fallece por causas violentas, ¿es posible realizar cremación?

Generalmente no, pero se puede solicitar al Agente del Ministerio Público a cargo de la Averiguación Previa el Oficio de no Inconveniente y él determinará si procede o no la cremación. Este trámite debe realizarlo por un familiar directo.

Sí el médico tratante no cuenta con Certificados de Defunción, ¿qué se puede hacer en este caso?

Esto generalmente ocurre cuando el deceso se presenta en el domicilio y quien atendía a la persona fallecida es un médico particular, lo recomendable en esta situación es solicitarle al médico una receta en la que debe anotar las causas y hora de fallecimiento y presentarse en la Oficina de Salubridad donde le será canjeada por el formato del certificado. En un hospital esto difícilmente puede ocurrir pues cuentan con un número suficiente de certificados.

¿En qué consiste el proceso de embalsamamiento?

El embalsamamiento es el tratamiento químico que se efectúa al cuerpo para reducir la presencia y reproducción de microorganismos, tiene como objetivo retrasar el proceso de descomposición orgánica natural y de restaurar la apariencia física de la persona fallecida. En términos prácticos durante el embalsamamiento se sustituyen los fluidos del cuerpo por compuestos químicos que retrasan el proceso de descomposición natural. La inyección de estos compuestos químicos se hace a través de las principales arterias.

¿Qué es una temporalidad?

Se llama temporalidad al espacio vendido en un Panteón Civil por un plazo de 7 años, en algunos panteones se puede pagar refrendos por un total de 21 años.